El numero de personas desplazadas ya superó los cinco millones en Colombia y el numero sigue en aumento, seguramente ese es uno de los motivos por el que la Unidad de Victimas en muchas ocaciones hace interpretaciones restrictivas de las normas con el fin de no reconocer a mas familias en el Registro Unico de Victimas - RUV. No solo en la valoracion de la declaración hechas por los desplazados la Unidad procura no incluir en el RUV a las familias tambien esta negando el reconocimiento de las nuevas familias que se generan cuando se produce la division del nucleo familiar.
La Corte Constitucional expresó que debe haber un reconocimiento de los grupos familiares cuando se producen dichas divisiones, en haras de salvaguardar el Derecho constitucional a la familia, pero la Unidad con base en el articulo 119 del Decreto 4800 de 2011, está negando este Derecho.
Lo discutible es que la mncionad norma regula exclusivamente la entrega de la ayuda humanitaria, afirmando que cuando se produce la division (Conocido comunmente como desglose), no es procedente otorgar un nuevo componente de ayuda humanitaria al nuevo nucleo familiar, pero en ningun momento niega que pueda reconocerse al nuevo nucleo formado.
Así, es procedente en tipo de casos reiterativos, obtener el reconocimiento por via de tutela.
